A fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, se pone a disposición de LOS CLIENTES de Multicreditos.es, Empresa perteneciente a Arco Private Projects, SL (en adelante ARCO PRIVATE) la siguiente información precontractual:
En cuanto a la empresa:
Denominación
Arco Private Projects, SL NIF: B-67101758
Domicilio C/ Niágara 56 L-23, Orihuela costa, 03189 (Alicante)
Teléfono 966 393 657
Email skovacic@multicreditos.es
Registro Banco de España Nº D-103 2020/C79RE/00E015780
RRMM De Barcelona en el tomo 46172, folio 160, hoja B-511809.
Seguro Póliza RC: Catalana occidente – Póliza nº 8-10.413.375-L – 1.500.000€ por siniestro.
Actividad: La entidad ARCO PRIVATE presta servicios de intermediación financiera sin exclusividad con ninguna entidad de crédito o financiadora, de tal forma que, previa solicitud del interesado, se estudiarán las necesidades concretas de financiación para acudir al mercado en búsqueda de una solución de financiación a través de personas físicas o jurídicas que concedan un préstamo/crédito con garantía hipotecaria. NO ofrece servicios de asesoramiento.
Se prestará al Cliente la debida información previa a la suscripción del contrato de financiación recabando de la entidad/persona financiadora la documentación preceptiva.
ARCO PRIVATE no es la financiadora del préstamo, sino que sus competencias se limitan a la intermediación entre prestatario y prestamista.
El Cliente tiene la obligación de comunicar de forma fehaciente a ARCO PRIVATE las dudas relativas al contrato de financiación, así como las cláusulas concretas del contrato de financiación que quiere negociar individualmente con la entidad o persona prestamista.
Las tarifas que los consumidores deberán abonar a Arco Private Project SL, por su labor de intermediación financiera, en función del siguiente cuadro (ejemplos), estableciendo que el importe se fija en la cuantía sin contemplar ningún otro gasto o coste, que sea cargado al consumidor:
De 5.001 € hasta 10.000 € comision mínima 500€ máxima 1.000 €
De 10.001 € hast 20.000 € comision mínima 1000€ máxima 2.000 €
De 20.001 € hasta 50.000 € comision mínima 2000€ máxima 5.000 €
Para otros importes se aclara que nunca superará el maximo del 10 % del importe a financiar, según lo comunicado al Banco de España
Dicha comisión será exigible siempre y cuando se suscriba finalmente por el consumidor mediante la oferta vinculante que le presente Arco Private Project SL.
Tal importe no incluye cualesquiera impuestos y gastos que se devenguen por la formalización del crédito/préstamo y que no se paguen a través de Arco Private Project SL: notaría, registro, impuestos, etc, así como los servicios y productos que puedan ser necesarios contratar durante la tramitación del préstamo, como por ejemplo la tasación
Otros gastos
NOTA: Todos los gastos, incluidos, en su caso, los relacionados con la agrupación de créditos, se abonarán bajo presupuesto previamente aceptado y con independencia del resultado de la obtención de la financiación solicitada.
Impuestos: El importe facturado en concepto de intermediación financiera está exento de IVA.
Modalidad de Pago: El pago de los honorarios de intermediación se hará mediante transferencia bancaria o cheque bancario nominativo a favor de la empresa, remitiéndose la correspondiente factura tras el cobro de los honorarios.
En caso de Agrupación de Préstamos: En caso de que por parte del intermediario financiero se aconsejara la agrupación de préstamos o créditos en uno solo, se informará sobre la tasa anual equivalente y las características esenciales del préstamo o crédito propuesto y su comparación con los préstamos o créditos que se proponen agrupar. En la comparación se tendrá en cuenta, asimismo, todos los gastos y comisiones por el servicio de intermediación y todos los gastos y comisiones del contrato de préstamo o crédito propuesto.
Derecho de desistimiento: EL CLIENTE, dispone la facultar de desistir del contrato de intermediación mediante comunicación fehaciente a ARCO PRIVATE siempre y cuando no se haya formalizado la operación solicitada y no haya transcurrido el plazo de 14 días desde la suscripción de dicho contrato, sin necesidad de alegar causa alguna y sin que ello conlleve coste alguno para el CLIENTE. Sin más gastos, por tanto, que los incurridos y acreditados debidamente, con el desglose presentado en la información precontractual.
Derecho de Resolución Anticipada del Contrato: El contrato podrá ser resuelto de forma anticipada y unilateral por quien, habiendo cumplido con las obligaciones pactadas, alegue el incumplimiento grave y esencial de las obligaciones de la contraparte y siempre que se le haya otorgado un plazo razonable para el cumplimiento de lo exigido, todo ello de conformidad con la normativa que resulta de aplicación.
Derecho a las condiciones generales de contratación: ARCO PRIVATE tiene a disposición del interesado las condiciones generales de la contratación de forma gratuita a través de la remisión de un contrato escrito donde se recogen los términos contractuales típicos y sin que ello suponga la obligación de contratar por el interesado.
Medios de Reclamación. La entidad ARCO PRIVATE dispone de un protocolo de quejas y reclamaciones que se entrega a sus clientes en el que se expone el procedimiento para efectuar reclamaciones extrajudiciales así como los medios para llevar a cabo las mismas.
La reclamación o queja deberá realizarse por escrito y, en ella, deben consignar sus datos personales, domicilio, protocolo del préstamo, notario autorizante, fecha de firma y los hechos que justifican su pretensión.
Arco Private Projects, SL., trasladará al reclamante la resolución de la queja o reclamación por la misma vía en que ésta se haya interpuesto, ya sea correo postal o bien correo electrónico.
Desestimada su reclamación o queja o transcurrido el plazo máximo de resolución, podrá formular su queja, en el plazo máximo de 1 año desde la fecha de la resolución o desestimación, ante la entidad de resolución de litigios de consumo en el sector financiero, a la que hace referencia la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013.
Hasta la entrada en vigor de la Ley prevista en la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, será el servicio de reclamaciones del Banco de España, regulado en el artículo 30 de la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
Servicio de reclamaciones del Banco de España
C/ Alcalá, 48, 28014 Madrid
Teléfono: 91-338.65.30
Web: www.bde.es
Idioma: La información pre-contractual y contractual se facilitará en lengua española pudiendo ser objeto de traducción al idioma deseado por el Cliente en caso de falta de comprensión, teniendo presente que el coste de la traducción solicitada será cargo del solicitante.
Legislación y Tratamiento Tributario aplicado al contrato. Resultan de aplicación la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
El Real Decreto 309/20019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
La Ley 2/2009 de 31 de marzo por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
El Real Decreto 106/2011 de 28 de enero por el que se crea y regula el registro estatal de empresas previsto en la ley anteriormente referida.
El Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras normas complementarias.
A fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, se pone a disposición de LOS CLIENTES de Multicreditos.es, Empresa perteneciente a Arco Private Projects, SL (en adelante ARCO PRIVATE) la siguiente información precontractual:
Denominación
Arco Private Projects, SL NIF: B-67101758
Domicilio
C/ Niágara 56 L-23, Orihuela costa, 03189 (Alicante)
Teléfono
966 393 657
Registro Banco de España
Nº D-103 2020/C79RE/00E015780
RRMM
De Barcelona en el tomo 46172, folio 160, hoja B-511809.
Seguro
Póliza RC: Catalana occidente – Póliza nº 8-10.413.375-L – 1.500.000€ por siniestro.
Actividad: La entidad ARCO PRIVATE presta servicios de intermediación financiera sin exclusividad con ninguna entidad de crédito o financiadora, de tal forma que, previa solicitud del interesado, se estudiarán las necesidades concretas de financiación para acudir al mercado en búsqueda de una solución de financiación a través de personas físicas o jurídicas que concedan un préstamo/crédito con garantía hipotecaria. NO ofrece servicios de asesoramiento.
Se prestará al Cliente la debida información previa a la suscripción del contrato de financiación recabando de la entidad/persona financiadora la documentación preceptiva.
ARCO PRIVATE no es la financiadora del préstamo, sino que sus competencias se limitan a la intermediación entre prestatario y prestamista.
El Cliente tiene la obligación de comunicar de forma fehaciente a ARCO PRIVATE las dudas relativas al contrato de financiación, así como las cláusulas concretas del contrato de financiación que quiere negociar individualmente con la entidad o persona prestamista.
Las tarifas que los consumidores deberán abonar a Arco Private Project SL, por su labor de intermediación financiera, en función del siguiente cuadro (ejemplos), estableciendo que el importe se fija en la cuantía sin contemplar ningún otro gasto o coste, que sea cargado al consumidor:
De 5.001 € hasta 10.000 € comision mínima 500€ máxima 1.000 €
De 10.001 € hast 20.000 € comision mínima 1000€ máxima 2.000 €
De 20.001 € hasta 50.000 € comision mínima 2000€ máxima 5.000 €
Para otros importes se aclara que nunca superará el maximo del 10 % del importe a financiar, según lo comunicado al Banco de España
Dicha comisión será exigible siempre y cuando se suscriba finalmente por el consumidor mediante la oferta vinculante que le presente Arco Private Project SL.
Tal importe no incluye cualesquiera impuestos y gastos que se devenguen por la formalización del crédito/préstamo y que no se paguen a través de Arco Private Project SL: notaría, registro, impuestos, etc, así como los servicios y productos que puedan ser necesarios contratar durante la tramitación del préstamo, como por ejemplo la tasación
Otros gastos
NOTA: Todos los gastos, incluidos, en su caso, los relacionados con la agrupación de créditos, se abonarán bajo presupuesto previamente aceptado y con independencia del resultado de la obtención de la financiación solicitada.
Impuestos: El importe facturado en concepto de intermediación financiera está exento de IVA.
Modalidad de Pago: El pago de los honorarios de intermediación se hará mediante transferencia bancaria o cheque bancario nominativo a favor de la empresa, remitiéndose la correspondiente factura tras el cobro de los honorarios.
En caso de Agrupación de Préstamos: En caso de que por parte del intermediario financiero se aconsejara la agrupación de préstamos o créditos en uno solo, se informará sobre la tasa anual equivalente y las características esenciales del préstamo o crédito propuesto y su comparación con los préstamos o créditos que se proponen agrupar. En la comparación se tendrá en cuenta, asimismo, todos los gastos y comisiones por el servicio de intermediación y todos los gastos y comisiones del contrato de préstamo o crédito propuesto.
Derecho de desistimiento: EL CLIENTE, dispone la facultar de desistir del contrato de intermediación mediante comunicación fehaciente a ARCO PRIVATE siempre y cuando no se haya formalizado la operación solicitada y no haya transcurrido el plazo de 14 días desde la suscripción de dicho contrato, sin necesidad de alegar causa alguna y sin que ello conlleve coste alguno para el CLIENTE. Sin más gastos, por tanto, que los incurridos y acreditados debidamente, con el desglose presentado en la información precontractual.
Derecho de Resolución Anticipada del Contrato: El contrato podrá ser resuelto de forma anticipada y unilateral por quien, habiendo cumplido con las obligaciones pactadas, alegue el incumplimiento grave y esencial de las obligaciones de la contraparte y siempre que se le haya otorgado un plazo razonable para el cumplimiento de lo exigido, todo ello de conformidad con la normativa que resulta de aplicación.
Derecho a las condiciones generales de contratación: ARCO PRIVATE tiene a disposición del interesado las condiciones generales de la contratación de forma gratuita a través de la remisión de un contrato escrito donde se recogen los términos contractuales típicos y sin que ello suponga la obligación de contratar por el interesado.
Medios de Reclamación. La entidad ARCO PRIVATE dispone de un protocolo de quejas y reclamaciones que se entrega a sus clientes en el que se expone el procedimiento para efectuar reclamaciones extrajudiciales así como los medios para llevar a cabo las mismas.
La reclamación o queja deberá realizarse por escrito y, en ella, deben consignar sus datos personales, domicilio, protocolo del préstamo, notario autorizante, fecha de firma y los hechos que justifican su pretensión.
Arco Private Projects, SL., trasladará al reclamante la resolución de la queja o reclamación por la misma vía en que ésta se haya interpuesto, ya sea correo postal o bien correo electrónico.
Desestimada su reclamación o queja o transcurrido el plazo máximo de resolución, podrá formular su queja, en el plazo máximo de 1 año desde la fecha de la resolución o desestimación, ante la entidad de resolución de litigios de consumo en el sector financiero, a la que hace referencia la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013.
Hasta la entrada en vigor de la Ley prevista en la disposición adicional primera de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, será el servicio de reclamaciones del Banco de España, regulado en el artículo 30 de la Ley 44/2002 de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
Servicio de reclamaciones del Banco de España
C/ Alcalá, 48, 28014 Madrid
Teléfono: 91-338.65.30
Web: www.bde.es
Idioma: La información pre-contractual y contractual se facilitará en lengua española pudiendo ser objeto de traducción al idioma deseado por el Cliente en caso de falta de comprensión, teniendo presente que el coste de la traducción solicitada será cargo del solicitante.
Legislación y Tratamiento Tributario aplicado al contrato. Resultan de aplicación la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
El Real Decreto 309/20019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
La Ley 2/2009 de 31 de marzo por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
El Real Decreto 106/2011 de 28 de enero por el que se crea y regula el registro estatal de empresas previsto en la ley anteriormente referida.
El Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras normas complementarias.
Multicreditos.es es una empresa perteneciente a ARCO PRIVATE PROJECTS SL, con domicilio en
C/ Niágara 56 L-23, 03189 Orihuela Costa (Alicante)
Regulados por:
Póliza de responsabilidad civil contratada con la compañía Catalana occidente, póliza nº
8-10.413.375-L hasta 1.500.000€:
Número de registro 1709 de la Asociación de Profesionales Asesores de Inversión y Financiación